En Roma, el tiempo se mide distinto. Todo puede pasar… o nada.
Y en ese limbo, entre la urgencia y la siesta parlamentaria, quedó flotando el Decreto Ley 36/2025, también conocido como el Decreto Tajani, que agitó las aguas de millones de ítalo-descendientes en todo el mundo.
Desde fines de marzo, el decreto está en el centro del debate político italiano. Si no se convierte en ley antes del 27 de mayo, pierde validez. Pero si se aprueba, así como está o apenas maquillado, podría dejar fuera del acceso a la ciudadanía a miles (o millones) de personas con derecho legítimo.
Y sí, parece exagerado decirlo así, pero no lo es.
Por eso estamos acá: para repasar lo que pasó en los últimos días, qué enmiendas fueron rechazadas, qué cambios se propusieron y por qué hay quienes, con justa razón, empiezan a hablar de retroceso histórico.
¿Qué pasó en el Senado esta semana?
Mientras muchos miraban a otro lado, el Senado italiano seguía debatiendo en comisión las enmiendas al Decreto 36/2025. O, mejor dicho, descartándolas en masa.
El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales anunció el rechazo de numerosas enmiendas, entre ellas algunas que proponían flexibilizar el acceso a la ciudadanía para hijos de extranjeros nacidos en Italia, o que hayan completado ciclos escolares en el país. También fue descartada la creación de un fondo para modernizar el procesamiento de solicitudes, uno de los pocos aportes que podía haber ayudado a descomprimir los consulados y comunes colapsados. Afuera también quedaron enmiendas vinculadas a la reducción de tiempos de espera y a la ciudadanía por matrimonio.
El argumento para estas expulsiones masivas fue el famoso artículo 97 del reglamento del Senado, que permite rechazar cualquier propuesta que se aleje del “objeto central del decreto”. Lo cual, traducido, significa: esto no entra porque no nos conviene discutirlo ahora.
Y si la cosa ya suena desordenada, esperá: mientras rechazaban propuestas razonables, el gobierno metía en juego dos nuevas enmiendas propias (la 500 y 501) (Ver todas las enmiendas en Parlamento Italiano – Disegno di legge S. 1432 – 19ª Legislatura), buscando imponer su propia narrativa. Algunas de ellas proponen eliminar prórrogas en procesos de ciudadanía por matrimonio, o modificar puntos de la histórica Ley 91 de 1992.
Para quienes les interese instruirse un poco (y se los recomiendo), acá les dejo la Constitucion de Italia en español (publicación oficial) (Más info acá)
¿Y si Meloni pide la fiducia?
Acá viene un escenario que preocupa… en Italia, si el gobierno no logra que el Parlamento apruebe un decreto con los cambios que quiere, puede usar la carta más fuerte: el voto de confianza, la llamada fiducia. Es un procedimiento por el cual el gobierno pone su continuidad en juego para forzar la aprobación del texto tal como fue presentado. Si el Parlamento no lo aprueba, cae el gobierno.
Pero si lo aprueba, entonces el decreto se convierte en ley sin modificaciones. Sin debate. Sin más enmiendas. Sin vuelta atrás.
Este mecanismo es legal, sí. Pero en un tema tan sensible como el derecho a la ciudadanía, muchos lo verían como un acto de fuerza y no de diálogo democrático. Sería pasar de la diplomacia a la imposición.
Por eso, cada día que pasa sin acuerdo, aumenta el riesgo de que la Premier Giorgia Meloni tire esa carta sobre la mesa. Y si eso pasa, como decimos en la jerga… estamos al horno.
Ius Sanguinis: cuando el derecho de sangre empieza a diluirse
Lo que hasta hace poco era una certeza jurídica y cultural —el derecho a la ciudadanía por descendencia— está siendo estirado, recortado y retorcido por tecnicismos.
Y lo más preocupante es que muchos ni siquiera se están dando cuenta.
Una de las modificaciones más peligrosas —camuflada bajo supuestas “correcciones”— es la que sustituye la frase “nacido en Italia” por “exclusivamente ciudadano italiano” al momento de definir quién puede transmitir la ciudadanía.
Una jugada que, lejos de abrir el juego, lo restringe aún más.
Porque si un italiano tuvo otra ciudadanía (aunque fuera de forma automática o por nacer en el extranjero), podría no ser considerado apto para transmitirla a sus hijos.
Además, varias enmiendas que proponían mantener el espíritu del ius sanguinis o al menos abrir pequeñas excepciones, fueron convertidas en “orden del día”.
¿Qué significa eso? Que nunca serán ley, pero se deja constancia de que “alguna vez podrían considerarse”. Una especie de promesa diplomática vacía que no cambia nada, pero suena elegante….. como dejar un borrador para el futuro.
Mientras tanto, la idea de que la sangre italiana une generaciones se va licuando entre tecnicismos legales, reglamentos parlamentarios y negociaciones de pasillo.
Zonas grises: turnos, carpetas y la carrera contra el decreto
Entre todo este caos legislativo, hay un grupo que no duerme tranquilo: quienes ya habían iniciado trámites antes del 27 de marzo, la fecha fatídica en que se publicó el “Decreto Tajani”.
¿Qué pasa con los que tenían turno consular asignado antes de esa fecha? ¿Y con los que ya fijaron residencia en Italia pero no llegaron a presentar la carpeta completa? ¿Vale un email? ¿Un número de expediente? ¿Una cita reprogramada?
Según una de las enmiendas todavía en juego, se contemplaría como inicio válido cualquier cita otorgada antes del 27/03/2025, incluso si no se presentó aún toda la documentación. Pero —y es un pero grande— no está claro cómo se va a interpretar esto ¿los turnos cancelados unilateralmente por los consulados/comunes cuentan? ¿como se organiza esto?.
Porque en los hechos, ya hay consulares que aceptaron documentación completa, otros que pidieron cambios, y hasta comunes en Italia que están registrando el inicio del trámite con solo fijar residencia o pedir el permesso di soggiorno, entonces depende donde se inicie el trámite, puede que con la residencia ya se considere iniciado, otros con la carpeta con los documentos… es tan amplio, tan ambiguo, que solo genera más dudas.
Eso crea un mapa completamente desigual, donde la suerte de cada caso depende del criterio local y no de una norma nacional unificada.
Por eso, si estás en medio del proceso o lo iniciaste justo antes del decreto, guardá todo: capturas de pantalla, mails, fechas, turnos, recibos, cartas, lo que sea. ¿Se acuerdan de que les habia contado la importancia de las PEC?
Puede que sea tu única defensa si el decreto avanza tal como está redactado.
¿Es legítimo restringir un derecho adquirido por nacimiento?
El principio del iure sanguinis establece que la ciudadanía italiana se transmite por sangre, reconociendo a los descendientes de italianos como ciudadanos desde su nacimiento. Este reconocimiento no es una concesión del Estado, sino la constatación de un estatus jurídico preexistente. La Corte de Casación italiana ha sostenido que este derecho tiene eficacia desde el momento del nacimiento.
El Decreto-Ley n.º 36/2025 introduce restricciones que podrían vulnerar este principio, al establecer que quienes no hayan iniciado un procedimiento para el reconocimiento de la ciudadanía antes del 27 de marzo de 2025 perderán automáticamente ese derecho, salvo excepciones específicas. Esta medida ha generado preocupación jurídica, ya que podría contradecir la jurisprudencia existente y los principios constitucionales y europeos sobre derechos adquiridos.
¿Qué sucede con la transmisión de la ciudadanía en casos de múltiples nacionalidades?
Italia permite la doble o múltiple ciudadanía desde la Ley N.º 91 de 1992, siempre que no se renuncie expresamente a la ciudadanía italiana . Sin embargo, recientes modificaciones han introducido restricciones en la transmisión de la ciudadanía a los hijos de ciudadanos italianos que hayan adquirido otra nacionalidad. Por ejemplo, si un ciudadano italiano se naturaliza en otro país y su hijo es menor de edad en ese momento, este podría perder el derecho a la ciudadanía italiana.
Estas restricciones replantean el alcance del iure sanguinis, afectando tanto a las generaciones futuras como a las ya reconocidas, y generan incertidumbre sobre la estabilidad de los derechos de ciudadanía en contextos de múltiples nacionalidades.
¿Se puede borrar algo que ya sos?
El decreto en debate no sólo propone cambiar las reglas para quienes quieran obtener la ciudadanía italiana a partir de ahora. También deja flotando una duda más inquietante:
¿Se puede restringir un derecho que ya tenés?
La Ley 91 de 1992 dice que quien desciende de un ciudadano italiano es italiano desde el nacimiento. No desde que hace el trámite. No desde que se lo reconocen. Desde que nace.
Entonces, si eso es así, si nacimos italianos y el Estado solo debe reconocerlo…
¿Puede ahora el mismo Estado decirnos que ya no lo somos?
¿Puede limitar la transmisión a tus hijos? ¿Cuestionar tu derecho si también tenés otra nacionalidad?
Hay juristas que dicen que no. Que eso sería inconstitucional. Que la ciudadanía no se “otorga”: se reconoce. Y que el nuevo decreto pisa terreno resbaladizo, incluso violando principios del derecho europeo.
Y acá es donde el asunto deja de ser un trámite más.
No se trata solo de papeles. Se trata de identidad. De quién sos, y de quién vas a poder seguir siendo.
¿Y si venís a trabajar? El “nuevo soggiorno” como vía alternativa
Mientras el acceso a la ciudadanía por sangre se complica, el gobierno tira sobre la mesa una carta inesperada: una nueva forma de ingresar a Italia por motivos laborales, pensada exclusivamente para descendientes de italianos.
Las enmiendas 47, 60, 68 y otras relacionadas proponen habilitar el ingreso a Italia fuera de las cuotas migratorias comunes, siempre que la persona:
- Sea descendiente de un ciudadano italiano.
- Venga a trabajar como subordinado (empleado con contrato).
- Provenga de un país con fuerte emigración italiana (Argentina, Brasil, Uruguay, etc….. esto ultimo debería ser explicitado por el gobierno llegado el momento, especificando que países califican… ¿otro problema diplomático en puerta?).
¿La idea? Que esos descendientes que ya no podrían reclamar la ciudadanía directamente, al menos puedan entrar al país y, tras un par de años de residencia legal, acceder a una ciudadanía por naturalización “acelerada”, pero no seria por sangre, ignorando completamente nuestra herencia, no seria “ciudadano por nacimiento”.
También se propone reducir de 3 a 2 años el tiempo de residencia requerido, y crear una nueva categoría de ciudadanía para nacidos en Italia residentes durante al menos 3 años, aunque sin derecho por sangre.
Es decir: una salida lateral para quienes quedaron varados por los recortes al ius sanguinis.
¿Es una solución? ¿Un parche? ¿Un consuelo?
Depende de cómo se reglamente, de si el decreto avanza, y de cuán accesible sea en la práctica. Porque por ahora es sólo una enmienda más, y el decreto completo sigue sin aprobarse.
¿Y ahora qué? Los tres escenarios que quedan sobre la mesa
Con el calendario parlamentario corriendo y el reloj marcando el fin del plazo (27 de mayo de 2025), las cartas están casi jugadas. Pero el final sigue abierto.
Escenario 1: El decreto se convierte en ley tal como está o con cambios menores.
Sería el peor escenario para miles de descendientes. Cerraría puertas, establecería nuevas condiciones, y volvería todo más incierto y discrecional.
Escenario 2: Se aprueban enmiendas importantes que suavizan el decreto.
Sería un alivio parcial. Algunas propuestas apuntan a salvar los turnos previos, simplificar trámites, reabrir casos perdidos. Pero dependen del consenso político… y del tiempo que queda.
Escenario 3: El decreto no se convierte en ley y cae por vencimiento de plazo.
Esto haría que todo vuelva a foja cero. El Decreto 36/2025 perdería validez retroactiva. Pero es una jugada arriesgada: el gobierno podría responder endureciendo otras normativas o insistiendo con una versión aún más restrictiva en el futuro.
Y, por supuesto, siempre queda la carta más temida:
la Premier Meloni podría pedir la fiducia (voto de confianza) y forzar la aprobación del decreto tal como está. Si lo hace, no hay más debate: se vota todo junto, y quien no acompaña, pone en jaque al gobierno (y la estabilidad de la República Italiana).
Entre derechos, enmiendas e ideas repetidas
Lo dijimos antes y lo repetimos ahora: esto no es un trámite más.
Es una discusión sobre identidad, sobre memoria, sobre justicia.
Sobre si un derecho reconocido por generaciones puede ahora ponerse en duda con tecnicismos y letra chica.
En estos días se están jugando cosas importantes. Algunas en voz baja, otras a los gritos. Algunas con buenas intenciones, otras con estrategias más políticas que jurídicas. Y entre todo eso, millones de personas quedan en el medio, entre carpetas, trámites iniciados, esperas infinitas y un país que a veces parece extender la mano… y otras veces cerrarla.
Queda poco tiempo, y lo mínimo que podemos pedir es que no se legisle a las apuradas sobre algo que, para muchos, es parte de su historia personal y familiar.
Estaremos atentos a cualquier novedad relevante.
¿Y vos? ¿Ya sos ciudadano o estás esperando que te reconozcan?
Si naciste con ese derecho, si lo heredaste de tus abuelos, de tus bisabuelos…
si creciste escuchando esa historia que empieza con un barco y termina con vos,
entonces esto te toca.
Este no es un trámite más, es el derecho a que te reconozcan lo que ya sos.
Por eso, estés donde estés, estés en trámite, esperando turno, con carpeta armada o con dudas sin resolver, seguí informándote. Hablalo. Compartilo. Levantá la voz con respeto, pero sin miedo.
Porque si algo nos enseñó la historia italiana, es que los derechos no se regalan, se ejercen y se defienden.
Y ahora es ese momento.
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